Una reciente sentencia del Tribunal Superior del Reino Unido ha aclarado el estatus legal de bitcoin, indicando que aunque se considera propiedad, no puede ser sometido a reclamaciones legales tradicionales aplicables a bienes físicos.
En una sentencia histórica, el Tribunal Superior de Justicia aclaró el estatus legal de los activos digitales, abordando específicamente si bitcoin puede estar sujeto a reclamaciones legales tradicionales sobre bienes físicos. En el caso de Ping Fai Yuen contra Fun Yung Li y otro, el juez Cotter dictaminó que, aunque bitcoin es indiscutiblemente propiedad, no puede ser convertido ni vulnerado de la misma manera que los bienes físicos.
El caso se centra en el presunto robo de 2,323 bitcoins, valorados en aproximadamente 172 millones de dólares según el precio de mercado actual. Yuen afirmó que, durante una crisis en su matrimonio, su esposa separada lo grabó en secreto para obtener su frase semilla de 24 palabras de su billetera fría Trezor. Según la denuncia, Li utilizó luego la frase para transferir los fondos a 71 direcciones diferentes en la blockchain.
Para respaldar su caso, Yuen proporcionó grabaciones de audio de julio de 2023 en las que supuestamente su exesposa discutía cómo realizar la transferencia sin ser detectada y cuestionaba el origen del “primer pote de oro.”
Aunque el robo en sí sigue siendo disputado, la batalla legal se centró en una formalidad del derecho consuetudinario inglés. Yuen presentó reclamaciones por responsabilidad estricta, alegando interferencia ilícita con bienes y interferencia directa con propiedad personal.
Los acusados solicitaron que esas reclamaciones fueran desestimadas, argumentando que, dado que bitcoin es un activo digital intangible, no puede estar sujeto a delitos diseñados para bienes tangibles.
El juez Cotter estuvo de acuerdo y desestimó las reclamaciones por conversión y allanamiento. Su fallo destacó dos puntos clave: primero, que la conversión ha tenido históricamente su raíz en la interferencia con posesión física, y extenderla a activos intangibles no sería una “modesta mejora” sino un “salto doctrinal.”
En segundo lugar, aunque una ley reciente confirmó que los activos digitales constituyen una tercera categoría de propiedad personal, el Parlamento no pretendía que esto se extendiera automáticamente a delitos físicos. Cotter citó la decisión de la Corte Suprema en OBG v. Allan (2008) como precedente vinculante, limitando la conversión a bienes tangibles.
La sentencia se ve como una espada de doble filo para las víctimas del robo de activos digitales. Por un lado, confirma que la ley no tratará una transferencia digital como un acto físico de conversión, dificultando el uso de ciertas demandas de responsabilidad estricta para recuperar fondos. Por otro lado, el tribunal reafirmó que bitcoin es propiedad, lo que significa que las víctimas aún pueden buscar reclamaciones de restitución propietaria. En la práctica, aunque no se puede demandar por la conversión de bitcoin, sí se puede demandar para probar la propiedad y usar técnicas de rastreo y seguimiento para congelar y recuperar activos dondequiera que terminen.