La División de Trading and Markets de la Comisión de Valores y Bolsa de EE. UU. publicó el lunes una declaración del personal, en la que se describen las condiciones bajo las cuales los operadores de interfaces de trading de cripto pueden evitar registrarse como corredores (broker-dealers) conforme a la legislación federal de valores.
Aspectos clave:
La declaración se dirige a lo que la SEC denomina “Proveedores de Interfaz de Usuario Cubiertos”, una categoría que incluye sitios web, extensiones del navegador y aplicaciones móviles diseñadas para ayudar a los usuarios a preparar y enviar transacciones de valores de criptoactivos mediante carteras de autoscustodia.
Estas interfaces normalmente convierten parámetros de transacción establecidos por el usuario, como la dirección de compra o venta, el volumen, el tipo de activo y el rango de precios, en comandos legibles por blockchain. También pueden mostrar datos de mercado, comisiones de gas estimadas y rutas de ejecución disponibles. Los proveedores generalmente cobran un porcentaje fijo por transacción.

Bajo la Sección 15(a) de la Ley de Bolsa de Valores de 1934, cualquier persona dedicada a ejecutar transacciones de valores para otros, por lo general, está obligada a registrarse como broker. El personal de la SEC dijo en la declaración que no se opondrá a que un Proveedor de Interfaz de Usuario Cubierto opere sin ese registro, siempre que el proveedor cumpla 12 condiciones específicas.
Esas condiciones abarcan cómo las interfaces manejan la personalización del usuario, las estructuras de comisiones, el enrutamiento de la ejecución, los centros de negociación afiliados y las obligaciones de divulgación. El proveedor debe permitir que los usuarios ajusten configuraciones predeterminadas de transacción y proporcionar materiales educativos para respaldar esas decisiones. El proveedor no puede solicitar a los usuarios para transacciones específicas de valores de cripto ni ofrecer asesoramiento de inversión.
En el enrutamiento, si una interfaz muestra solo una ruta de ejecución, los usuarios deben poder ver alternativas. Si aparecen múltiples rutas, la interfaz debe ofrecer herramientas de ordenamiento objetivas, como por precio o velocidad, sin etiquetar ninguna ruta como la opción “mejor”.
La compensación debe limitarse a una tarifa fija aplicada de manera consistente entre productos, rutas, venues y contrapartes. La comisión no puede variar según qué centro de negociación se seleccione ni según el activo involucrado.
Los requisitos de divulgación son extensos. Los proveedores deben informar a los usuarios que el operador no está registrado ante la SEC ni regulado por la SEC en relación con la operación de la interfaz. También deben divulgar todas las comisiones y sus métodos de cálculo, conflictos de interés, políticas de ciberseguridad, prácticas de protección de datos relacionadas con estrategias de valor extraíble máximo, y detalles sobre cada centro de negociación o fondo de liquidez conectado.
Cualquier centro de negociación afiliado debe identificarse claramente, y la interfaz debe conectarse a esos centros en los mismos términos que cualquier plataforma no afiliada.
La declaración también enumera actividades que sacan por completo a un proveedor de su alcance. Los operadores que negocian términos de transacción, mantienen fondos de los usuarios, ejecutan o liquidan operaciones, procesan documentación de operaciones, o toman y enrutan órdenes no están cubiertos por la postura de no acción del personal.
La SEC dijo que mantener políticas, procedimientos y registros internos, incluyendo el uso de datos de transacciones onchain junto con libros privados, podría ayudar a los proveedores a demostrar que operan dentro de los límites de la declaración.
El personal dijo que recibe con agrado comentarios públicos. Las presentaciones pueden enviarse electrónicamente a rule-comments@sec.gov con “File Number 4-894” en la línea de asunto. A falta de cualquier acción intermedia por parte de la Comisión, la declaración se considerará retirada el 13 de abril de 2031.